Caso Loan Peña: sobreseyeron a los principales acusados por el delito de trata
Ocho personas fueron desvinculadas de la acusación, entre ellas los siete imputados que actualmente afrontan un juicio oral por la sustracción y ocultamiento del menor.

Ocho personas fueron desvinculadas de esa acusación, entre ellas los siete imputados que actualmente afrontan un juicio oral por la sustracción y ocultamiento del menor. La resolución no modifica el avance del debate.
La jueza federal de Goya, Cristina Pozzer Penzo, resolvió sobreseer a ocho acusados en la causa por Loan Danilo Peña por el delito de trata de personas, una hipótesis que había sido investigada desde los primeros días posteriores a la desaparición del niño y que incluso había provocado el pase del expediente de la Justicia provincial al fuero federal.
La medida alcanza a María Victoria Caillava, Carlos Guido Pérez, Walter Maciel, Laudelina Peña, Antonio Bernardino Benítez, Daniel “Fierrito” Ramírez, Mónica del Carmen Millapi y Francisco Amado Méndez. Salvo Méndez, la mayoría de ellos actualmente enfrenta un juicio oral por la sustracción y ocultamiento de Loan.
La resolución, de 104 páginas, fue firmada este martes 25 de agosto por Pozzer Penzo. La magistrada debía resolver la situación procesal de los ocho imputados que hasta el momento contaban con falta de mérito en relación con la hipótesis de trata.
El fallo no modifica la situación de quienes están siendo juzgados por el Tribunal Oral Federal de Corrientes ni significa que la Justicia considere que Loan se extravió. Por el contrario, Pozzer Penzo sostuvo que lo ocurrido en el paraje El Algarrobal “no fue accidental” y que “el fin de sustraer al menor y ocultarlo está acreditado”. Según explicó, por esa razón ese tramo de la investigación fue elevado a juicio.
Por qué se descartó la trata
La hipótesis de trata de personas tuvo un papel central durante las primeras etapas de la investigación. El 24 de junio de 2024, la Justicia provincial consideró que el caso podía corresponder a un delito federal y envió la causa al Juzgado Federal de Goya.
Sin embargo, con el avance de la investigación, esa línea perdió fuerza. Según detalló Pozzer Penzo, no se encontraron indicadores ni pruebas que permitieran confirmar la existencia de una organización dedicada a la trata de personas.
La jueza indicó que esa conclusión se consolidó luego de casi dos años de investigación, durante los cuales las medidas realizadas no aportaron elementos que sostuvieran esa hipótesis. También quedaron descartadas otras posibilidades, como una relación con el crimen organizado, una “pista narco” o una venganza dentro del ámbito familiar.
La situación procesal que la magistrada resolvió ahora estaba pendiente desde diciembre de 2024. Los ocho acusados habían recibido una falta de mérito, una resolución provisoria que establece que no hay pruebas suficientes para procesar a una persona, pero tampoco elementos para dictar un sobreseimiento definitivo.
La resolución señala que, si luego de una falta de mérito no aparecen nuevos elementos que permitan avanzar hacia un procesamiento, corresponde definir la situación del imputado mediante un sobreseimiento.
En el caso de Benítez, Ramírez y Millapi, además, la decisión también incluye la imputación inicial por abandono de persona, delito por el que habían sido acusados en la Justicia provincial pocos días después de la desaparición.
